sábado, 13 de abril de 2013

Fin del blog de organización de la Liga Anticorrupción

La vida de este blog llega a su fin. Durante el tiempo en que la web oficial de la Liga Anticorrupción ha estado en construcción este blog asumió la función de suplirla en sus funciones. Sin embargo, una vez que la web oficial www.ligaanticorrupcion.net está completa, no tiene sentido mantener más de un sitio web abierto, y que con ello se pueda distraer a quienes buscan información sobre la Liga. Así pues, a partir de ahora no leemos en la web oficial de la Liga www.ligaanticorrupcion.net

Gracias a todos

miércoles, 10 de abril de 2013

La Liga Anticorrupción se implanta en Canarias con un histórico de la lucha contra la corrupción al frente


La Liga Anticorrupción ha anunciado hoy el inicio de actividades en las Islas Canarias tras elegir a Domingo Martín, de la isla de El Hierro como su coordinador. 

Madrid. 10.04.13. La Liga Anticorrupción, cuyo nacimiento se anunció hace escasos días y que está presidida por el sobrino de Adolfo Suárez, Augusto González, ha comenzado a extenderse e iniciar sus actividades en distintos puntos de la geografía. La primera delegación territorial que ha comenzado a funcionar es la de las Islas Canarias, donde en el día de ayer fue elegido como coordinador Domingo Martín Afonso, de la isla del Hierro. En los próximos días, se elegirán coordinadores y portavoces en las restantes islas del archipiélago canario.

Un líder muy conocido en el campo asociativo. La Liga cuenta ya con más de 300 colaboradores.
Domingo Martín, lleva luchando desde hace muchos años contra la corrupción y continuará haciéndolo a partir de ahora encabezando la delegación territorial de Canarias de la Liga Anticorrupción, que cuenta ya con unos 300 colaboradores, que participan ya en 7 grupos de trabajo (gabinete jurídico, prensa y medios de comunicación, redes e internet, actos públicos, análisis y estudios, relaciones con entidades sociales y el grupo de organización interna y medios que a su vez cuenta con cuatro subgrupos ya creados y en funcionamiento). Domingo Martín es presidente de la Plataforma por el Mar Canario, secretario regional y fundador de la Asociación de Agricultores de Canarias (Agrican). También fue secretario insular del Sindicato Obrero Canario y secretario insular del Centro Canario Nacionalista de Lorenzo Olarte, entre otros numerosos cargos en asociaciones y movimientos ciudadanos canarios.

Un histórico de la lucha contra la corrupción en la isla de El Hierro
En la isla de El Hierro, Domingo Martín ha llevado a cabo una lucha sin cuartel contra la corrupción consiguiendo la condena del alcalde de Valverde y diputado regional del Partido Popular , Agustín Padrón Benítez y al concejal del mismo municipio y portavoz de AHÍ-Coalición Canaria José Miguel León Quintero, por los delitos de prevaricación y malversación, siendo condenados a dos años y un año y medio de cárcel e inhabilitación de seis y cuatros años y dos meses respectivamente. También fue el impulsor de la denuncia contra el equipo de gobierno compuesto por el Partido Popular, PSOE y Partido Nacionalista Canario en el Ayuntamiento de Frontera que gobernó el consistorio entre 2003 y 2007 por las irregularidades en la construcción de un tanatorio, como también denunció  el famoso Caso Multas, contra el alcalde de Fronteras Pedro Luis Casañas (PP), estando ambos casos en tramitación ante la justicia canaria. Así mismo la imputación por el Caso Piscinas de Agustín Padrón Benítez, la concejal del PSOE Ana Guadarrama y el ex teniente alcalde de Valverde Fernando Padrón, y para los que el fiscal pide condena de 34 meses de cárcel para cada uno y la devolución de 214.000 euros a las arcas municipales por malversación de caudales públicos, fue también denunciado por el ahora coordinador de la Liga Anticorrupción, Domingo Martín.

sábado, 6 de abril de 2013

La Liga Anticorrupción alcanza los 5000 seguidores en Twitter

Las cuentas oficiales de la Liga Anticorrupción en Twitter ya han alcanzado los 5000 seguidores. Las cuentas de las delegaciones territoriales se pusieron en marcha el pasado 30 de marzo, mientras que la cuenta general se creó el 18 de marzo. En estos escasos días en que la Liga tiene presencia en la red social, el número de seguidores se ha multiplicado rápidamente, lo que nos ratifica en que la presencia de la Liga Anticorrupción está siendo muy bien acogida por el resto de ciudadanos.

Mientras tanto en Facebook, la única cuenta con que contamos tiene ya unos 550 amigos, cantidad que sube a diario, y que también es muy buena.

A esta difusión, tenemos que añadir y agradecer el apoyo y ayuda de un grupo cada vez más grandes de usuarios de estas redes sociales que interactúan y reproducen nuestras noticias de forma importante.

A todos, gracias.

La Liga Anticorrupción lanza un nuevo díptico con sus preguntas FAQ

La Liga Anticorrupción ha lanzado un nuevo díptico con las preguntas FAQ (Frecuently Asked Questions, lo que traducido al español viene a ser las preguntas más frecuentes) sobre la Liga Anticorrupción. Con este nuevo material se pretende que todos los miembros de la Liga tengan una guía rápida para poder entregar a quien quiera conocer de forma rápida y amena qué es la Liga, cuáles son sus fines y cómo trabajamos para lograrlos.

El díptico ya está subido a Calameo y lo podéis ver en http://es.calameo.com/accounts/2241061 además de en la biblioteca que tenéis en el lado derecho del blog de la Liga Anticorrupción. Los documentos que hay en Calameo permiten descargárselos e imprimir.

También se ha subido otro interesante documento que nos han enviado los compañeros que trabajan con los movimientos sociales de sanidad, sobre el famoso Caso Leganés o Caso Montes, que también podéis ver en Calameo o en el blog. Esperamos que os gusten.

Correos electrónicos oficiales de la Liga Anticorrupción

El grupo de redes e internet está abriendo las cuentas de los correos oficiales con nuestro dominio web. El objetivo es que a partir de la semana que viene se dejen de usar todos los correos con dominios generales como gmail o hotmail y los únicos correos que se usen vayan vinculados al dominio de la web.

Una vez acabe todo el proceso de apertura de correos se cerrarán el resto, y en la página web y notas de prensa irá una advertencia de seguridad para evitar que alguien ajeno a la Liga pueda abrir un correo genérico con apariencia de ser de la Liga Anticorrupción y lo pueda utilizar indebidamente.

Con este mecanismo de seguridad se garantizará también que las redes sociales oficiales están bajo el control de la Liga y no de particulares o terceros, y de esa forma garantizamos que nuestras comunicaciones sean seguras, nos adaptemos a la Ley de Protección de Datos y evitemos posibles problemas futuros.

La Liga Anticorrupción ya está adaptada a la Ley de Protección de Datos

La Liga Anticorrupción ya está inscrita en el Registro de la Agencia Nacional de Protección de datos, y ya se cumplen todos los requisitos registrados en la ley. Con esto se garantiza el cumplimiento de la ley y la seguridad del derecho de acceso y rectificación a los datos de nuestros archivos y la seguridad de nuestras comunicaciones.

La secretaría de organización ya ha incluído en los formatos de las fichas de socios la correspondiente información sobre el cumplimiento y derechos recogidos en la Ley de Protección de Datos, y el grupo de redes e internet ya está incluyendo en la página web oficial que estará lista la próxima semana la información y enlaces para que la Liga esté perfectamente adaptada a esta normativa.

viernes, 5 de abril de 2013

La Liga Anticorrupción avanza en suscribir acuerdos de ayuda mutua y colaboración con entidades sociales y colectivos ciudadanos

El secretario de relaciones con movimientos ciudadanos está trabajando en alcanzar acuerdos con numerosas entidades sociales y colectivos ciudadanos, tal y como aprobó la reunión de coordinación celebrada el pasado martes en el Ateneo de Madrid. Por ahora hay en marcha acuerdos en marcha con una decena de movimientos y entidades sociales y ciudadanas, que se harán públicas una vez suscritas.

Estos acuerdos se suscriben en la línea marcada por el equipo de coordinación, para constituir un auténtico movimiento ciudadano amplio y transversal, alrededor de los principios que defendemos en la Liga y que no son otros que la lucha contra la corrupción y el despilfarro y por la transparencia y la participación ciudadana. La próxima semana se comenzarán ha hacer públicos estos acuerdos.

¿Qué es la corrupción? Breve guía y casos prácticos

Reproducimos este interesante artículo publicado por Joan Roselló en su blog y que supone una pequeña guía sobre los distintos tipos de corrupción existentes.

¿Qué es la corrupción? Breve guía y casos prácticos


Recientemente hablaba con un alto cargo político sobre el incesante goteo, día sí, día también, de escándalos de corrupción que aparecen a la luz pública a lo largo y ancho del territorio estatal.

Me consta que mi interlocutor, persona íntegra, con buen currículum y alta experiencia en el sector privado, ha mantenido siempre una postura de denuncia acérrima de aquellas malas praxis de las cuales ha tenido constancia alguna. Ahora bien, quizá por todo ello y, por no estar exento de razón, me sorprendió su postura.
Mi apreciado interlocutor me planteó una reflexión lejana del discurso oficial. Un mensaje “poco común” al existente en la esfera pública. Lo podríamos subsumir en una idea similar a la siguiente. “Es necesaria la denuncia manifiesta de todos los casos de corrupción. Tanto para denunciar lo denunciable, como, sobre todo, para que revierta en un claro efecto disuasorio. Ahora bien, de aquí a la cuasi presunción de culpabilidad de todo representante público, hemos llegado a una absurda situación de psicosis máxima”.
Con ello, mi interlocutor venia a denunciar el hecho por el cual, “¿cómo se puede entender que un representante público sea cuasi automáticamente culpable por el hecho de recibir, escuchar e informarse de las inquietudes presentadas por diferentes representantes ciudadanos, sociales o empresariales?”; “¿cómo no va a poder reunirse con amigos y conocidos los cuales, indistintamente de su profesión, ya tuviese de un modo previo a su cargo público?” o, incluso, “¿cómo se puede entender que desde las máximas instancias del Estado puedan aparecer borradores que generen un pretendido revuelo ciudadano, sin pruebas fehacientes, responsable alguno o con la dolosa pretensión de interferir en un proceso electoral?”.
En todo ello, quiero darle la razón. Aunque también puntualizaría que el conjunto ciudadano difícilmente entenderá estas palabras en el desarrollo de cualesquier proceso judicial. Una vez se haya destapado “algún caso”. Sino que, probablemente, exigirá que los representantes públicos se apropiasen de ese discurso antes de cualesquier escándalo de corrupción o, incluso, una vez nos encontrásemos con sentencias firmes y no dudásemos de fallo alguno (indistintamente del color del imputado). Algo así como “no me vengas con excusas a posteriori cuando previamente habías tenido toda oportunidad”. Si, hablamos de credibilidad.
Con todo, la idea de esta entrada resultará la de comprender mejor ¿qué es la corrupción? y, así, tener una idea más clara de un concepto algo difuso, aumentar la seguridad jurídica de todos aquellos que interactúen en la esfera pública y, paralelamente, resultar más contundentes ante cualesquier denuncia actuando con propiedad.
Como nos recuerde el Catedrático Manuel Villoria, en primera instancia resultará pertinente recordar que toda sanción a una actuación tildada de “corrupta” resultará subsumible en normas penales, administrativas o contables (página 30). Para no extendernos en exceso, en esta aproximación nos delimitaremos a valorar aquellas infracciones contempladas en preceptos penales.
Un buen punto de partida resultará la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción. En ella percibiremos una primera aproximación a conceptos tales soborno; malversación, apropiación indebida u otras formas de desviación de bienes; tráfico de influencias; abuso de funciones; enriquecimiento ilícito; blanqueo del producto del delito; encubrimiento u obstrucción a la justicia,entre otros.
A nivel internacional, conocidos son los mapas mundiales de Transparencia Internacional que reflejan el Índice de Percepción de la Corrupción. Aún así, para comprender de un modo más gráfico la razón de ser de cada uno de los diferentes tipos penales, en esta ocasión haremos una aproximación más detallada al significado de aquellos parámetros de corrupción en el Estado español. Sin duda alguna, la normativa de referencia resultará el Título XIX de los delitos contra la administración pública de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal. Vayamos con ellos.
Capítulo I. Prevaricación y otros comportamientos injustos. Hablamos de la autoridad o funcionario público que, sabiendo de la injusticia de su acto (su no adecuación a la legislación vigente), dicte una resolución administrativa de un modo arbitrario. Es decir, sin causa justa y con la voluntad de favorecer a un tercero. En este tipo, también se considerará el proponer, nombrar o dar posesión al ejercicio de un determinado cargo público a cualesquier persona sin que concurran los requisitos legales para ello.
Así pues, para aquellos no familiarizados con la jerga jurista, prevaricaciónequivaldrá a aprovechar un cargo público para dictar una resolución injusta (es decir, la no “más justa” posible).
Capítulo II. Abandono de destino y omisión deber de perseguir delitos. Por la comisión (u omisión, es decir, el “no hacer un deber”) de este delito, se entiende aquella autoridad o funcionario público que, abandone su destino y responsabilidad, con el propósito de no impedir o perseguir un delito contra la Constitución, el orden público, de traición o contra la paz y la independencia del Estado y relativos a la defensa nacional o contra la Comunidad Internacional.
Un ejemplo práctico de la omisión del deber de perseguir delitos resultará aquel agente de la autoridad que no efectúa el parte correspondiente ante el hallazgo de sustancias estupefacientes.
Capítulo III. Desobediencia y denegación de auxilio. Por desobediencia entenderemos aquella autoridad o funcionario público que se negase abiertamente a cumplir las resoluciones judiciales, decisiones u órdenes de cualesquier autoridad superior, dictadas dentro de sus competencias y revestidas de las correspondientes formalidades legales, excepto cuando constituyan infracciones manifiestas, claras y terminantes de la ley vigente. Es preciso no confundir este tipo penal con la “desobediencia a la autoridad”, catalogado en los artículos 550 y siguientes, y contemplados dentro de los delitos contra el orden público.
Mientras por denegación de auxilio entenderemos aquella autoridad o funcionario público que requerido por un particular para que se le prestase algún auxilio al que venga obligado por su razón o cargo para evitar un delito contra la vida de las personas, se abstuviese de ello.
Capítulo IV. Infidelidad custodia de documentos y violación de secretos. La infidelidad de custodia de documentos, significará cuando una autoridad o funcionario público que tuviese una obligación por razón de su cargo sobre una documentación, sustrajese, destruyese, inutilizase u ocultase a sabiendas, dicha documentación o, destruyese, inutilizase o consintiese la destrucción o inutilización, de los medios puestos para impedir el acceso a la citada documentación.
Por otra parte, la violación de secretos comprenderá los supuestos en que autoridad o funcionario público, a sabiendas y sin la debida autorización, accediese o permitiese acceder a documentos secretos confiados a su persona por razón de su cargo. Del mismo modo que aquellos supuestos en que autoridad o funcionario público revelase secretos o informaciones de los que tuviese conocimiento por razón de su oficio o cargo y no debiesen ser divulgados.
Capítulo V. Cohecho. El delito de cohecho resultará el más extenso de los aquí en consideración. Y, quizá por ello, uno de los “más populares” a día de hoy. Entenderemos por este tipo penal a la autoridad o funcionario público que, en provecho propio o de un tercero, recibiese, solicitase o admitiese, por sí solo o mediante persona interpuesta, regalo, favor o retribución de cualquier clase o aceptase ofrecimiento o promesa para realizar en el ejercicio de su cargo un acto propio del mismo, contrario a los deberes inherentes al mismo o para no realizar o retrasar injustificadamente aquellos deberes inherentes a su cargo.
Como apreciaremos, esta es la “joya de la corona” en el mundo de la corrupción. El “hago o no hago esto a cambio de…”.
Capítulo VI. Tráfico de influencias. Por tráfico de influencias comprenderemos aquel supuesto en el que un funcionario público o autoridad influya en otro funcionario público o autoridad, prevaleciéndose de su cargo o de cualquier otra situación derivada de su relación personal o jerárquica con éste u otro funcionario o autoridad, para conseguir una resolución que le pueda generar directa o indirectamente un beneficio económico para sí o para un tercero.
Resulta interesante apreciar cómo, en este supuesto, la autoridad o funcionario público al que se le impute la comisión del delito de tráfico de influencias, no tiene porqué acabar obteniendo ningún tipo de beneficio económico directa o indirectamente. Si no que, mediante su actuación, será suficiente que un tercero así pueda beneficiarse.
Capítulo VII. Malversación. Por malversación comprenderemos una amalgama de diferentes supuestos. Resultará uno de ellos la autoridad o funcionario público que, con ánimo de lucro, sustrajese o consintiere que un tercero, con igual ánimo, sustraiga caudales o efectos públicos que tenga a su cargo. También aquellos supuestos en que autoridad o funcionario público destine a usos ajenos a la función pública caudales o efectos puestos a su cargo o diese una aplicación privada a bienes muebles o inmuebles con grave perjuicio para la causa pública. Y, del mismo modo, incurrirá en el delito de malversación la autoridad o funcionario público que con tal de causar un perjuicio económico a la entidad pública de la que dependa, falsee la contabilidad, los documentos que reflejen su situación económica o la información contenida en los mismos.
Capítulo VIII. Fraudes y exacciones ilegales. Se cometerá el delito de fraudecuando autoridad o funcionario público, interviniendo por razón de cargo en cualesquier modalidad de contratación pública o liquidación, se sirviese de terceros o cualesquier otro artificio para defraudar al ente público.
Del mismo modo, se entenderá por exacción ilegal (cobro injusto), a la autoridad o funcionario público que exija, directa o indirectamente, derechos, tarifas, aranceles, minutas o tributos no debidos o de cuantía mayor a la legalmente señalada.
Capítulo IX. Negociaciones y actividades prohibidas y abusos en el ejercicio de su función. Incurrirán en el tipo penal de negociaciones y actividades prohibidas la autoridad o funcionario público que, interviniendo por razón de su cargo en cualquier tipo de contrato, asunto, operación o actividad, se aproveche de ello para forzar o facilitarse cualquier forma de participación de un modo directo o indirecto.
Incurrirán en el tipo penal del abuso en el ejercicio de su función, la autoridad o funcionario público que, fuera de los supuestos permitidos por las Leyes y Reglamentos vigentes, realice por sí mismo o mediante persona interpuesta, una actividad profesional o de asesoramiento a entidades privadas o particulares en asuntos que deba intervenir, haya intervenido o tengan relación directa con la oficina o centro directivo en el que esté destinado. También resultará un tipo delictivo el supuesto en que una autoridad o funcionario público haga uso de un secreto del que tenga conocimiento por razón de su cargo, con ánimo de obtener un beneficio económico para si o un tercero. Y, otro supuesto, resultará aquel en el cual autoridad o funcionario público solicite sexualmente a una persona que, para sí misma u otra persona con la que se halle ligado de forma estable, tenga pretensiones pendientes de la resolución de aquel, acerca de las cuales deba evacuar informe o elevar consulta a su superior.
Capítulo X. Delitos de corrupción en las transacciones comerciales internacionales. Por último, incurrirá en un delito de corrupción en transacciones comerciales internacionales los que mediante ofrecimiento, promesa o concesión de cualesquier beneficio indebido, corrompan o intenten corromper por sí mismos o mediante un tercero a funcionarios públicos extranjeros o de organizaciones internacionales, en beneficio propio o de un tercero, con el fin de que actúen o se abstengan de actuar con relación al ejercicio de sus funciones para conseguir o conservar un contrato u otro beneficio irregular en la realización de actividades económicas internacionales.
Disculparéis la extensión, un poco más amplia de lo normal, de esta breve guía sobre ¿qué es la corrupción? Pero, tal y como ya anticipásemos, estoy convencido que tanto para tener una idea más clara de un concepto algo difuso, aumentar la seguridad jurídica de todos aquellos que interactúen en la esfera pública, como para poder actuar con propiedad ante cualesquier mala praxis que queramos denunciar, estoy convencido que esta breve guía resultará de una clara utilidad.

jueves, 4 de abril de 2013

Arrancan varias delegaciones territoriales de la Liga Anticorrupción

Queremos informar a todos los miembros de la Liga Anticorrupción que la próxima semana se podrá anunciar el inicio de actividades de la Liga en varias delegaciones territoriales. Concretamente se está trabajando ya de forma muy activa en la puesta en marcha de las delegaciones de Castilla y León, Andalucía, Comunidad Valenciana y Canarias.

La formación de estas delegaciones está ya muy avanzada, y en todas ellas están ya en fase de elección de sus equipos coordinadores y portavoces. Como sabéis estamos trabajando para la implantación de la Liga en todas las comunidades, lo que nos permitirá comenzar a trabajar de forma activa sobre problemas concretos de corrupción regional y local. Os iremos informando de todo ello.

La Liga Anticorrupción continúa siendo noticia en los medios de comunicación

Desde que se hiciera público a los medios de comunicación que la Liga Anticorrupción iniciaba sus actividades, los mass media no han dejado de hacerse eco de nuestras posiciones y actividades, tal y como os venimos contando a través de este blog. De hecho, tres noticias sobre la Liga Anticorrupción han sido portadas en Menéame, y las intervenciones en medios y noticias publicadas superan ya los dos centenares, en unos diez días de trabajo.

Aquí os dejamos, tal y como venimos haciendo desde el primer día, las últimas reseñas de las noticias publicadas en prensa escrita:





































Prensa Internacional:












miércoles, 3 de abril de 2013

El presidente de la Liga Anticorrupción comenzará a publicar una columna de opinión semanal en más de 20 medios

A partir de la próxima semana el presidente de la Liga Anticorrupción, Augusto González publicará un columna semanal de opinión en más de 20 medios de comunicación. Las gestiones realizadas hasta el momento por el grupo de medios de comunicación han dado como fruto el compromiso de más de una veintena de estos medios de comunicación de publicar la columna semanal de opinión del presidente. La publicación de esta columna servirá para exponer la opinión de la Liga Anticorrupción en formato de análisis y para tratar los temas de actualidad más allá de las notas de prensa emitidas por el grupo de medios.

Augusto González, que es escritor y cuenta con nueve libros, en su mayoría del género de la novela y la poesía, utilizará esta vía para poner de relieve la posición de la Liga Anticorrupción, y será un nuevo medio para que los ciudadanos conozcan de primera mano nuestro movimiento ciudadano.

La Liga Anticorrupción felicita al juez Castro por el valor de imputar a la Infanta Cristina


Reproducimos la nota de prensa enviada a la prensa con motivo de la imputación de la Infanta Cristina

LOS JURISTAS DE LA LIGA CONSIDERARON HACE UNOS DÍAS QUE CUALQUIER OTRO CIUDADANO LLEVARÍA MESES IMPUTADO
La Liga Anticorrupción felicita al juez Castro por el valor de imputar a la Infanta Cristina
La Liga Anticorrupción ha felicitado hoy al juez Castro por el valor de imputar a la Infanta Cristina por el caso Noos, tal y como había señalado en nota de prensa el Gabinete Jurídico de la Liga Anticorrupción.

Madrid. 03.04.13. Como había señalado el pasado 1 de abril el Gabinete Jurídico de la Liga Anticorrupción era un escándalo que la Infanta Cristina no estuviera imputada, pese a las pruebas que señalan la relación directa de la Infanta Cristina. Hoy, y ante la noticia de la decisión del juez Castro de la imputación de la Infanta Cristina, la Liga Anticorrupción quiere mostrar públicamente su felicitación a este magistrado por el valor de tomar una decisión como esta.

El gabinete jurídico de la Liga Anticorrupción aseguraba ya que en cualquier otro procedimiento de estas características cualquier ciudadano estaría ya imputado, y que “por el bien del sistema de justicia, y por la lucha contra la corrupción, la Infanta debe ser imputada o al menos ser citada a declarar. Señalan que lo contrario podría ser un vicio grave que podría dañar el resultado de la sentencia respecto a los condenados y los seguros recursos que se impondrán contra esas condenas, ya que la función y acciones llevadas a cabo por la Infanta Cristina y por el Secretario Carlos García Revenga son fundamentales para una valoración objetiva de la prueba, y para analizar el grado de implicación de Iñaki Urdangarín y Diego Torres”.

Ante la imputación, la Liga Anticorrupción muestra públicamente su satisfacción por una decisión judicial que indica que la lucha contra la corrupción tiene que volver a ser un elemento nuclear de nuestra sociedad.

Documento para el debate: Estrategia y planificación de la lucha no violenta: Análisis y objetivos

El supremo arte de la guerra es someter
al enemigo sin luchar.
‘ -Sun Tzu
Un compañero de Cataluña nos ha hecho llegar este interesante documento sobre estrategia y planificación, para que sirva de conocimiento y debate interno. Se trata de una pequeña guía de trabajo que en muchos aspectos podría ser aplicada e incorporada a la estrategia de la Liga Anticorrupción, y para ello la planteamos: para que sea conocida y pueda ser debatida y tenida en cuenta por todos. Este documento entronca perfectamente con el proyecto que se está elaborando y que fue propuesto en la reunión de coordinación del martes pasado. Tras el análisis y debate, parte de su contenido podría ser incorporado.

Lo reproducimos íntegramente, aunque también podéis verlo en: http://euronews.es/anonymous-2/estrategia-y-planificacion-de-la-lucha-no-violenta-i-analisis-y-objetivos/

Estrategia y Planificación de la lucha no violenta: Análisis y objetivos


Hace algunos días subí a mi canal de YouTube un vídeo en el que hablaba de las posibilidades de la lucha no violenta para la conquista de objetivos sociales comunes y mostrando un largo argumentario a favor de dichas acciones, un tema que se encuentra en estas fechas en plena controversia, y del que existen tanto argumentos en contra como a favor.
Los que ya hayan visto ese vídeo, sabrán que yo me posiciono totalmente en contra del uso de la violencia y, por fortuna, los principales movimientos sociales, grupos y asociaciones de todo tipo que convocan la mayoría de las protestas no solo de España, sino también del mundo, se muestran a favor de mantener una postura no violenta.
Sin embargo, debido al hartazgo de la sociedad, la dificultad de organización y el consenso y tiempo requerido para conseguir resultados, esta balanza podría invertirse a favor de un estallido social violento. Soy muy consciente de que la violencia puede llegar, pero me gustaría que, el día que llegase, sea porque realmente estemos en una situación límite, y por límite me refiero a cosas realmente graves, como una guerra civil o el uso de las armas de fuego por parte del gobierno, algo que, paradójicamente, marcaría el fin de cualquier gobierno occidental por las implicaciones que tendría. Pero nunca se sabe.
Un asunto que remarqué especialmente en ese vídeo es la necesidad de elaborar una estrategia conjunta, un plan de acción, para conseguir los objetivos que perseguimos, y ser constantes con él. Para que no parezca que es la típica propuesta que se queda en el aire a la espera de que otros trabajen,he diseñado un pequeño guión que podría servir como modelo, utilizando el caso español.Esto no es más que mi opinión y mi ocurrencia, y puede ser perfectamente criticable.
Esta estrategia está diseñada únicamente como método de presión social. En ningún caso estoy planteando nada que no se haya hecho ya, o nada que no esté amparado en la Constitución. Tampoco estoy planteando medidas de terrorismo o un golpe de Estado, pues soy totalmente contrario a estas prácticas y así lo quiero dejar por escrito. El objetivo no es dañar a nadie, ni sembrar el terror, ni arrestar los instrumentos democráticos del Estado, sino todo lo contrario, y siempre defenderé esto.
Para mayor comodidad, he decidido dividir este artículo para que resulte más cómodo de leer. En este, me centraré en el análisis de las fuentes de poder y en la elaboración del consenso de mínimos.
He creído necesario realizar un índice de contenidos:
1-Análisis de las fuentes de poder 
2-Elaboración de objetivos comunes o ‘consenso de mínimos
3-Organización y búsqueda de apoyos
4-Plan de acción no violenta
5-Resistencia no violenta
6-Evaluación y conclusiones
1-Análisis de las fuentes de poder. Lo primero que creo que hay que hacer es averiguar en qué se basa el poder del gobierno de España, más allá de la legalidad, y averiguar así cuáles son sus puntos fuertes y débiles a nivel social. Las fuentes de poder del gobernante, son:
-Autoridad percibida por la sociedad. En el caso español, la autoridad percibida socialmente de Mariano Rajoy y su gobierno es baja, y cada vez más, incluso fuera de España. La gente no se siente representada por él y la intención de voto de su partido continúa en declive. En otro artículo hablé sobre el apoyo social actual del gobierno y como va en las encuestas. También es necesario considerar el apoyo internacional que, aunque se mantiene firme, el desprestigio y ridículo del presidente de España fuera del país, es bastante conocido.
-Conocimiento, talento y destrezas del gobernante. ¿Qué tiene Rajoy y su gobierno de forma intrínseca que les permite aguantar en el poder? Son gobernantes bastante ineficaces, pero hay que reconocer una capacidad de resistencia y de manejo de las situaciones poco común. No se desmoronan ni se quebrantan con facilidad, o al menos esa es la imagen que creo que venden. Me recuerda mucho a cuando se discute con alguien que, pese a estar equivocado, no atiende a razones y se limita a repetir una y otra vez lo mismo hasta que te cansas, decides pasar de él, y él piensa que te has rendido porque has comprendido que no tienes la razón, como si fuera un muro de piedra.
-Tradición y costumbres. De aquí proviene la mayor fuente de poder del gobierno de España, de la costumbre a obedecer y aguantar de los españoles, heredada probablemente de la dictadura franquista. Sin embargo, en estos últimos años, la obediencia ciega y la indiferencia social han ido mermando, precisamente gracias a nuestras acciones no violentas, además del contexto económico y social. A pesar de ello, hay un porcentaje de la población que se resiste a esto, y no olvidemos que la ley aún es muy respetada por la gente, y el gobierno es perfectamente legal, pues fue elegido democráticamente, nos guste o no.
-Recursos materiales y humanos del gobernante. El gobierno de España tiene detrás a varios grupos de empresas, bancos y asociaciones que le procuran varios recursos y que poseen un gran poder. Conocemos la CEOE, Bankia… Pero el carácter público de las propiedades del Estado hacen difícil que la autoridad del gobierno se base en sus posesiones, como sucedía por ejemplo en la Edad Media con los terratenientes. En cuanto a recursos humanos, el gobierno cuenta principalmente con gran parte las fuerzas de seguridad y las fuerzas armadas (no todas), puesto que el resto de colectivos de funcionarios e instituciones ya se han puesto mayoritariamente en su contra, como hemos podido ver en varias manifestaciones.
-Capacidad de sanción. En este año, el gobierno ha tratado de endurecer las leyes para aumentar su capacidad de sancionar, en un intento de que el miedo fortalezca su posición de poder. Es, ahora mismo, su principal fuente de poder, junto a la tradición.
Así, los puntos fuertes del gobierno son: su capacidad para sancionar, la costumbre de los españoles a aceptar a su gobernante y los recursos materiales de los que apoyan y manejan el gobierno de Rajoy. Esto, unido a la conformidad y a la indiferencia de la sociedad, es lo que le sostiene aún donde está. Dudo mucho que el miedo sea aún un motivo de obediencia fuerte, pero no niego que sigue estando presente en muchos.
2-Elaboración de objetivos comunes o ‘consenso de mínimos’. Tras el breve anlálisis realizado sobre la situación del gobierno de España, se ha concluido que no se encuentra en su mejor momento. Ahora bien, ¿qué queremos?¿qué objetivos vamos a perseguir con nuestra lucha? Ya se ha hablado mucho de ellos. Es necesario conseguir no solo grandes metas, sino también pequeños objetivos que nos motiven a continuar. No soy quien para elaborar nada, pero puedo hacer una lista de aquellos que se han nombrado frecuentemente y que me parecen muy razonables:
-Grandes metas, es decir, objetivos que mueven realmente nuestras conciencias, considerados a menudo utópicos, pero que van a generar un marco de acción:
-Justicia e igualdad social
-Democracia real; disminución del poder financiero, separación real de poderes…
-Protección frente a los efectos de la crisis financiera y fin de la misma
-Pequeños objetivos, los pasos concretos y previos que son necesarios para lograr las grandes metas que perseguimos.
-Regeneración democrática: Ley Electoral, más proporcionalidad y participación, etc.
-Inicio de un proceso constituyente para la elaboración de una nueva constitución
-Cese de los recortes de servicios públicos
-Lucha contra la corrupción y el fraude fiscal: transparencia real, cese de privilegios, etc.
-Auditoría, negociación y moratoria sobre la deuda pública
-Dimisión del gobierno y convocatoria de elecciones generales
Si recordáis, escribí también al respecto de los objetivos a perseguir en este mismo blog.
Es bueno realizar una reflexión previa de por qué perseguimos esto y por qué será positivo para la mayoría. Afortunadamente, a estas alturas, justificaciones y argumentos nos sobran, de forma que es fácil sostenerlos. De hecho, estos objetivos ya han movido a muchas personas y continúan haciéndolo. Por supuesto, hay toda una serie de objetivos como el cese de las privatizaciones, el aumento de las tasas judiciales, la Ley Sinde-Wert-Lasalle, etc., pero creo que es conveniente centrarse en unos pocos objetivos comunes que hacer una lista demasiado larga. La cuestión es que tenemos que tener un conocimiento alto de aquello que defendemos y estar convencidos de que de verdad estamos pidiendo algo justo y moralmente legítimo.
En el próximo artículo me centraré en los colectivos, grupos, movimientos, corrientes, instituciones y clases sociales que podrían apoyar el plan que elaboremos y los objetivos antes mencionados.
Espero que os haya gustado. Por supuesto y, como siempre, os invito a opinar al respecto.

lunes, 1 de abril de 2013

Lo último que dice la prensa sobre la Liga Anticorrupción


Como venimos haciendo desde el arranque de la presencia pública de la Liga Anticorrupción en los medios de comunicación, aquí os dejamos los últimos enlaces a noticias publicadas. Seguimos trabajando, en lograr que la Liga se extienda y que todos los ciudadanos la conozcamos.











La Liga Anticorrupción considera un “escándalo jurídico” que la Infanta Cristina no esté imputada en el caso Noos


Reproducimos la nota de prensa enviada hoy a los medios de comunicación, sobre el Caso Noos.

LOS JURISTAS DE LA LIGA CONSIDERAN QUE CUALQUIER OTRO CIUDADANO LLEVARÍA MESES IMPUTADO
La Liga Anticorrupción considera un “escándalo jurídico” que la Infanta Cristina no esté imputada en el caso Noos
El gabinete jurídico de la Liga Anticorrupción señala que con los datos que la apuntan en el sumario, cualquier otro ciudadano estaría ya imputado o al menos habría sido citado a declarar, lo que evidencia la existencia de un tratamiento especial y diferenciado para la Infanta.

Madrid. 01.04.13. El mensaje del Rey señalando que la justicia es igual para todos, no parece afectar a la Infanta Cristina en el procedimiento del caso Noos. Así lo ha asegurado el grupo de juristas de la Liga Anticorrupción, quienes han señalado que la no imputación, o al menos la citación para declarar, “es un escándalo jurídico que evidencia  la existencia de un tratamiento especial y diferenciado para la Infanta Cristina, respecto del resto de ciudadanos”. En opinión del gabinete jurídico de la Liga Anticorrupción, cualquier otro ciudadano estaría imputado desde el inicio de la instrucción, o al menos habría sido citado a declarar para conocer su versión de los hechos.

Una no imputación que está haciendo mucho daño a la credibilidad de nuestro sistema de justicia.
En este sentido han señalado que la no imputación de la Infanta Cristina está dañando de forma importante la imagen y credibilidad de nuestro sistema de justicia, dejando claro ante la opinión pública que existe un trato diferente cuando se trata de una Infanta o de un ciudadano normal. Nunca, en un procedimiento penal de estas magnitudes, una de las personas que está en la dirección de la empresa sobre la que centran las investigaciones, que tiene firma en las entidades bancarias, y que ha recibido ingresos por estar en ella, ha dejado de ser imputada, o al menos llamada a declarar, aseguran desde la Liga Anticorrupción.

Un vicio procesal que podría dañar gravemente el resultado del proceso judicial.
Desde el gabinete jurídico de la Liga Anticorrupción aseguran que por el bien del sistema de justicia, y por la lucha contra la corrupción, la Infanta debe ser imputada o al menos ser citada a declarar. Señalan que lo contrario podría ser un vicio grave que podría dañar el resultado de la sentencia respecto a los condenados y los seguros recursos que se impondrán contra esas condenas, ya que la función y acciones llevadas a cabo por la Infanta Cristina y por el Secretario Carlos García Revenga son fundamentales para una valoración objetiva de la prueba, y para analizar el grado de implicación de Iñaki Urdangarín y Diego Torres.